El plagio es un problema grave en nuestra sociedad y ha tendido a incrementarse especialmente en la educación. Por tal razón, es importante hacer algunas reflexiones sobre este tema y ser conscientes de las implicaciones que se pueden tener si se incurre en este delito.
Ahora, revisemos otras definiciones como describe el escrito “Plagio, robo de ideas” de la autora Sonia Girón, apoyada en diferentes autores para su definición.
Definiciones de plagio
El plagio ocurre cuando se toman prestadas palabras o ideas de otros y no se reconoce expresamente haberlo hecho.
Es el acto de presentar como suyo el trabajo total o parcial sin ser su autor o autora.
Se trata de una forma de intertextualidad que consiste en hacer una copia fragmentaria o total de un texto y no declararla.
El plagio consiste en hacer que aparezca como propio lo que pertenece a otros, siendo la mala fe, o sea el dolo inherente al acto realizado y el daño producido, el arrebatar esa propiedad intelectual.
Existe plagio si se reproducen, como si fueran propios, conceptos contenidos en un artículo publicado por otro, ofreciéndolos como fruto de una apreciación personal.
Hay plagio todas las veces que un autor toma alguna cosa, que es propiamente la invención de otro y procura hacerla pasar por suya. Puede ser un elemento de fondo o de forma, una situación, un desarrollo, una simple frase.
La Dirección Nacional de Derechos de Autor, define la propiedad intelectual como una disciplina normativa que protege las creaciones intelectuales provenientes de un esfuerzo, trabajo o destreza humanos, dignos de reconocimiento jurídico.
La propiedad intelectual comprende:
El derecho de autor y los derechos conexos.
La propiedad industrial (que comprende la protección de los signos distintivos, de las nuevas creaciones, los circuitos integrados, los secretos industriales).
De igual forma define el derecho de autor como la protección que le otorga el Estado al creador de las obras literarias o artísticas desde el momento de su creación y por un tiempo determinado. En Colombia, según la Constitución, rigen las siguiente normas para su aplicación:
1. Artículo 61 de la Constitución Política de Colombia.
2. Decisión Andina 351 de 1993.
3. Código Civil, Artículo 671.
DIRECCIÓN NACIONAL DE DERECHOS DE AUTOR. Preguntas [en línea]. [consultado junio 10 de 2011].
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